Cualquiera de los ex cónyuges o miembros de la pareja de hecho puede pedirle a la corte que cambie el monto de manutención que se paga mensualmente si sus circunstancias cambian. Por ejemplo, se puede modificar el monto de manutención si la persona pierde su trabajo o si cambian las necesidades médicas de la persona.
NOTA: Es posible que no necesite todos estos formularios. También es posible que necesite formularios que no se enumeran aquí. Si no está seguro acerca de qué formularios tiene que usar, hable con su Asistente de Derecho Familiar o con un abogado.
Para ayuda para obtener a bajo costo ayuda legal, haga clic aquí.
Para obtener los formularios locales que pueda necesitar, visite el sitio web de su corte local: haga clic aquí.
Para pedirle a la corte que modifique el monto de manutención del cónyuge o pareja de hecho, tome los siguientes pasos.
Solicitud de orden y declaración de respaldo(formulario FL-310)
Declaración de ingresos y gastos (formulario FL-150)
Vea las instrucciones para este formulario (en inglés).
La oficina del Asistente de Derecho Familiar puede contestar a preguntas sobre estos formularios y ayudar a llenarlos. Para encontrar la oficina del Asistente de Derecho Familiar en el condado donde vive, haga clic aquí.
PASO 2. Antes de presentar los formularios ante el secretario de la corte:
Adjunte una copia de la orden existente de manutención que quiere cambiar a su Orden de presentar motivos justificativos.
Adjunte una copia de sus recibos de sueldo (u otra prueba de ingreso – compensación de los trabajadores, desempleo o pagos por discapacidad, por ejemplo) de los últimos dos meses a su declaración financiera (formulario FL-150).
Haga 3 copias de sus formularios llenados y de sus adjuntos.
PASO 3. Presente los formularios ante la corte:
Cuando esté listo, lleve sus formularios originales, junto con las copias, a la oficina del secretario de la corte para presentarlos. Es posible que tenga que pagar otra cuota de presentación.
Cuando presente sus documentos, el secretario le dará una fecha de audiencia para poder hacer su solicitud frente a un juez.
PASO 4. Haga la entrega legal de los formularios:
La ley de California exige que le dé aviso formal a su ex cónyuge o pareja de hecho de que está solicitando una modificación de la orden de manutención. Para ello, haga una copia de todos los documentos – incluyendo información sobre la fecha de audiencia – y entrégueselas al otro ex cónyuge o pareja de hecho (y al Departamento de Servicios de Manutención de los Hijos, si están manejando el caso). Este proceso se llama entrega legal y es muy importante.
Incluya en la entrega al otro ex cónyuge o pareja de hecho una copia en blanco de los siguientes formularios:
Declaración de ingresos y gastos (formulario FL-150)
Guarde una copia de todos estos documentos como comprobante.
NOTA: Como en toda entrega legal, usted no puede entregar sus propios documentos.
Tiene que pedirle a otra persona adulta (mayor de 18 años de edad) que no esté involucrada en el caso que haga la entrega de sus documentos.
Puede usar cualquiera de los siguientes tipos de entrega legal:
Los formularios se pueden entregar por correo de primera clase (llamada entrega por correo)
O
Los formularios se pueden entregar personalmente (llamado entrega en persona).
La persona que hizo la entrega de los documentos tiene que llenar:
Prueba de entrega por correo(formulario FL-335) si echó los documentos al buzón, o
Prueba de entrega en persona(formulario FL-330) si hizo la entrega de los documentos al otro ex cónyuge o pareja de hecho en mano.
Hay límites de tiempo para hacer la entrega legal:
En general, tendrá que entregar los formularios al otro ex cónyuge o pareja de hecho por lo menos 9 días judiciales antes de la fecha de audiencia.
No obstante, si está recibiendo ayuda pública tiene que divulgarlo en su Declaración de ingresos y gastos y notificar al DCSS por lo menos 21 días antes de la audiencia.
PASO 5. Presente el formulario de Prueba de entrega ante la corte.
El secretario de la corte sellará la copia con la palabra “Filed” (Presentada) y se la devolverá. Ésta es la prueba de que cumplió con los requisitos de entrega legal.
El otro ex cónyuge o pareja de hecho tiene hasta 9 días judiciales antes de la audiencia para presentar una Declaración de respuesta (formulario FL-320) y una Declaración de ingresos y gastos (formulario FL-150) ante la corte.
El otro ex cónyuge o pareja de hecho también tendrá que entregarle legalmente los documentos de respuesta a usted.
PASO 6. Concluya el proceso.
Para concluir el proceso, los dos ex cónyuges o miembros de la pareja de hecho tienen que asistir a la audiencia que se programó cuando se presentó la solicitud de modificación del monto de manutención.
La fecha, hora y lugar de la audiencia aparecen en la primera línea del formulario presentado.
Lleve a la audiencia una copia de su declaración de impuestos del año pasado con todos sus anexos, los formularios W-2 del IRS, los formularios 1099 del IRS, sus recibos de sueldo más recientes u otros comprobantes de ingresos (compensación del trabajador, seguro de desempleo o pagos por discapacidad, por ejemplo).
Si está empleado por cuenta propia, lleve una declaración de ganancias y pérdidas que muestre todos los ingresos recibidos y por recibir desde la fecha cubierta por su última declaración de impuestos al presente.
Durante la audiencia, el juez considerará las nuevas circunstancias y tomará una decisión sobre la modificación del monto de manutención.
Si el juez decide modificar la manutención, le pedirá a la persona que inició la petición que prepare un formulario de “Orden después de la audiencia”. La “Orden después de la audiencia” tiene que:
Ser aprobada (sólo en cuanto a su contenido) por el otro ex cónyuge o pareja de hecho;
Después ser firmada por el juez;
Ser presentada ante el secretario de la corte; y
Ser entregada legalmente al otro ex cónyuge o pareja de hecho.
La Prueba de entrega se tiene que presentar ante la corte.
Para obtener más información sobre cómo preparar una “Orden después de la audiencia”, haga clic aquí.
RECUERDE: Si no tiene a un abogado para que lo represente, la oficina del Asistente de Derecho Familiar lo puede ayudar con cualquier parte de este proceso.