Cómo iniciar un caso de manutención del cónyuge o pareja de hecho
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En California, después que una persona inicia un caso de la corte para obtener:
- un divorcio,
- separación legal,
- disolución de una pareja de hecho registrada o
- una orden de restricción de violencia en el hogar
(si las partes estaban casadas o formaban una pareja de hecho), puede presentar formularios ante una corte de derecho familiar para pedirle que le ordene a su ex cónyuge o pareja de hecho que le pague un monto específico de dinero todos los meses.
Estos formularios se presentan como parte de otro caso de derecho familiar, así que recuerde:
- En general el número de caso será el mismo que el número de caso de divorcio, separación legal o protección contra violencia en el hogar.
- El “peticionario” será el mismo “peticionario” del otro caso de la corte, sea quien sea la persona que está solicitando la manutención.
- El “respondedor” será el mismo “respondedor” del otro caso de la corte, sea quien sea la persona que está solicitando la manutención.
La persona a quien se pide que pague manutención revisa los formularios que recibió y después usa los formularios en blanco incluidos en el paquete para decir si está de acuerdo o en desacuerdo con la solicitud de manutención del cónyuge o pareja de hecho, y para proporcionar información sobre sus finanzas.
- Si la solicitud de manutención se efectúa con una “Petición de divorcio o separación legal” (formulario FL-100 ó FL-103), la persona a quien se pide que pague la manutención tiene 30 días para presentar una Respuesta ante la corte.
- Si la solicitud de manutención es con una “Orden de presentar motivos ustificativos” (formulario FL-300) y una “Declaración de ingresos y gastos” (formulario FL-150), tiene que presentar una Respuesta y una Declaración de ingresos y gastos completada a más tardar 9 días judiciales antes de la audiencia.
NOTA: Si no se presenta la Respuesta a tiempo, el peticionario puede pedirle a la corte que declare la falta de comparecencia del respondedor.
RECUERDE: Si no tiene a un abogado para que lo represente, la oficina del Asistente de Derecho Familiar lo puede ayudar con cualquier parte de este proceso.
- Para obtener información sobre la oficina del Asistente de Derecho Familiar en el condado donde vive, haga clic aquí.

Información especial sobre lo que el peticionario y el respondedor tienen que hacer al iniciar un caso de la corte:
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